BRAUN Condiciones generales de contratación

1. Ámbito y aplicabilidad complementaria de Braun-Maschinenbau GmbH – Condiciones de instalación

1.1. Estas Condiciones Generales de Suministro (en lo sucesivo, CGS) son de aplicación en principio para todos los suministros, servicios y ofertas de la compañía Braun Maschinenbau GmbH, Albert-Einstein 10, 76829 Landau (en lo sucesivo, el proveedor), a menos que sean enmendadas o excluidas de forma expresa y por escrito.

Aquellas condiciones generales de contratación que difieran de las presentes se tendrán por no reconocidas y no pasarán a formar parte del contenido del contrato, aun cuando no haya una declaración expresa por escrito del proveedor oponiéndose a las mismas.

1.2. Si el proveedor asume la instalación, serán de aplicación las Condiciones Generales del mismo en cuanto a prestación de servicios de instalación (CGI), además de estas CGS.

 

2. Contratación, documentación, normas técnicas, precios, embalaje, seguro de transporte

2.1. Las ofertas del proveedor se consideran sin compromiso y no vinculantes.

El contrato se considerará perfeccionado cuando el cliente, después de efectuar un pedido y, dado el caso dentro del plazo por él establecido, reciba una declaración escrita de aceptación o confirmación de pedido.

2.2. La documentación perteneciente a una oferta, junto con ilustraciones, planos, datos de pesos y medidas, descripciones de prestaciones y de otras características, así como otras informaciones sobre productos y servicios contratados son vinculantes solo de forma aproximada.

Ciertas características de los productos por suministrar solo se considerarán garantizadas cuando así se haya acordado expresamente por escrito. La sola referencia a normas técnicas o especificaciones acordadas supone únicamente una descripción más detallada del producto o servicio y no una garantía de características.

 

3. Suministro

3.1. Todos los precios se entienden franco fábrica, costes de envío y embalaje excluidos, más el Impuesto sobre el Valor Añadido en su cuantía correspondiente.

3.2. El envío de los productos corre por cuenta y riesgo del cliente. El cliente contratará un seguro de transportes.

3.3. El montaje de las máquinas y los equipos auxiliares suministrados corresponde al cliente.

3.4. Las devoluciones de productos solo serán posibles previo acuerdo, con una retención de un 20 % en concepto de costes de devolución.

 

4. Plazo de entrega, demora

4.1. Por regla general, las fechas de entrega especificadas no son vinculantes, con la única excepción de que se acuerde su obligatoriedad expresamente por escrito.

El plazo de entrega comenzará con el envío de la confirmación de pedido, pero no antes de que el cliente haya presentado los documentos, planos, permisos y otras formalidades que deba entregar y tampoco antes de que haya efectuado el pago de los anticipos acordados.

4.2. Si el cliente se retrasa con una obligación esencial de la relación contractual, el proveedor tendrá derecho a extender el plazo de entrega por el período de la demora. Se aplicará la cláusula Nº 5.

 

5. Recepción

El cliente deberá aceptar la recepción de la mercancía enviada, incluso en el caso de que esta presentara vicios, sin perjuicio de su derecho a reclamar por tales vicios.

El cliente deberá asumir los costes en que se incurriese por la aceptación tardía, por ejemplo en concepto de almacenamiento, seguro, adopción de medidas de protección, etc.
Sin necesidad de justificación específica, el cliente deberá pagar por cada semana de retraso al menos el 0,5 % del valor del pedido, pero sin exceder el 5 %. En caso de que el cliente no haya aceptado la recepción en el momento de la entrega, el proveedor podrá fijar al cliente por escrito un plazo razonable para que proceda a dicha recepción. Esto se entenderá sin perjuicio del derecho del proveedor a exigir el importe de la compra. Una vez vencido el plazo, el proveedor podrá cancelar el contrato total o parcialmente mediante una declaración escrita y exigir una indemnización por daños y perjuicios.

5.1. No se permite el cambio ni la devolución de los productos de fabricación especial.

 

6. Pago

6.1. Salvo que exista otro acuerdo, todos los pagos se realizarán a 10 días de la fecha de la factura, con un descuento del 2 %, o bien sin descuento, por el importe neto, a 30 días de la fecha de la factura. Todos los pagos se harán en euros, sin comisiones, a la entidad bancaria del proveedor.

En el caso de equipos hechos específicamente para el cliente (productos de fabricación especial) o de variantes de los mismos, el proveedor tiene en principio derecho a un anticipo de dos tercios del precio acordado.

6.2. Si el cliente incurre en mora, se aplicarán las disposiciones legales al respecto.

6.3. El cliente, aun habiendo presentado reclamaciones por vicios o reconvenciones, solo tendrá derecho a compensar si las reconvenciones son firmes legalmente, han sido reconocidas por el proveedor o no se discuten.

El cliente solo podrá ejercer derecho de retención si su reconvención está referida a la misma relación contractual.

 

7. Garantía / Responsabilidad

7.1. Las reclamaciones por vicios efectuadas por el cliente solo serán aceptadas si el cliente ha cumplido debidamente con sus obligaciones de inspección y reclamación de acuerdo con el artículo 377 del Código de Comercio Alemán (HGB).

7.2. En la medida en que la mercancía presente vicios de los que responda el proveedor, este estará obligado a subsanar, con exclusión de los derechos del cliente a desistir del contrato o reducir el precio de compra (minoración), a menos que el proveedor tuviera derecho a rechazar la subsanación en virtud de la normativa legal.

El cliente debe conceder al proveedor un plazo razonable para la subsanación. En caso de subsanación de los vicios, el proveedor asumirá los gastos necesarios, siempre que estos no se vean aumentados por encontrarse el objeto del contrato en un lugar distinto del lugar de cumplimiento. Si la subsanación fracasa, el cliente puede exigir una reducción del precio de compra (minoración) o declarar el desistimiento del contrato. La subsanación se considerará
fracasada con el segundo intento en vano, salvo que, atendiendo al objeto del contrato, se considere razonable hacer nuevos intentos y que eso no resulte excesivamente gravoso al cliente. El cliente solo podrá ejercer sus derechos a reclamar una indemnización por los vicios una vez que la subsanación haya fracasado, y conforme a las condiciones que siguen. Esto se entenderá sin perjuicio del derecho del cliente a ejercer su derecho a presentar otras reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios conforme a las condiciones que siguen.

7.3. Los derechos de garantía del cliente caducarán un año después de la entrega de la mercancía al mismo, salvo que el proveedor hubiera ocultado los vicios con mala fe. En este caso, serán de aplicación las disposiciones legales. Esto no afectará a las obligaciones del proveedor contenidas en las cláusulas 7.4 y 7.5.

7.4. El proveedor estará obligado, de acuerdo con lo preceptuado por la ley, a aceptar la devolución de los productos nuevos o a reducir el precio de venta (minoración), incluso sin el generalmente necesario establecimiento de un plazo límite, si el comprador del cliente como consumidor del nuevo bien mueble vendido (compra de bienes de consumo) pudiera exigir al cliente la devolución del producto o una reducción del precio de compra (minoración) por los vicios que presente este producto o si se le presentara al cliente una reclamación de recurso similar como resultado de ello. El proveedor también estará obligado a reembolsar al cliente los gastos extraordinarios, en particular los de transporte, desplazamiento, mano de obra y materiales, en los que este incurra en relación con el consumidor final en el marco de la subsanación hecha por vicios de la mercancía en virtud de la transmisión del riesgo del proveedor al cliente.

La reclamación por defectos queda excluida si el proveedor ha cumplido debidamente con sus obligaciones de inspección y reclamación de acuerdo con el artículo 377 del Código de Comercio Alemán (HGB).

7.5. La obligación prevista en la cláusula 7.4 quedará excluida, si se trata de un vicio en relación con mensajes publicitarios u otros acuerdos contractuales que no fueran responsabilidad del proveedor, o si el cliente hubiera otorgado una garantía especial al consumidor final. Esta obligación también quedará excluida si el propio cliente no estuviera obligado, en virtud de la normativa legal, a atender los derechos de garantía frente al usuario final o si no ha objetado los defectos de una reclamación que se le haya dirigido. Esto mismo también será de aplicación si el cliente ha asumido un compromiso de garantía frente al consumidor final que exceda del alcance previsto por la ley.

7.6. De acuerdo con las disposiciones legales, el proveedor responderá sin límites por los daños causados a la vida, la integridad física y la salud de las personas, que traigan causa de un incumplimiento negligente o doloso por parte del proveedor, sus representantes legales o sus auxiliares ejecutivos, así como por daños que estén cubiertos por la responsabilidad en virtud de la Ley de responsabilidad civil por productos defectuosos (Produkthaftungsgesetz). Para los daños que no queden cubiertos por el párrafo 1 y que tuvieran su origen en incumplimientos contractuales dolosos o gravemente negligentes, así como en caso de mala fe por parte del proveedor, sus representantes legales o sus auxiliares ejecutivos, el proveedor será responsable de conformidad con las disposiciones legales. En este caso, sin embargo, la responsabilidad de indemnización por daños y perjuicios se limitará al daño típico previsible siempre que el proveedor, sus representantes legales o sus auxiliares ejecutivos no hubieran actuado con dolo. En la medida en que el proveedor haya otorgado una garantía de calidad o durabilidad con respecto a los bienes o partes de estos, el proveedor también será responsable en el marco de esta garantía.

El proveedor únicamente responderá por aquellos daños que se deriven de la falta de calidad o durabilidad garantizada sin afectar directamente a los bienes si el riesgo de un daño de este tipo está claramente cubierto por la garantía de calidad y durabilidad.

7.7. El proveedor también será responsable de los daños causados por negligencia leve, en la medida en que dicha negligencia tuviera relación con el incumplimiento de aquellas obligaciones contractuales, cuyo cumplimiento fuera de particular importancia para la correcta ejecución del contrato (obligaciones esenciales).

Sin embargo, el proveedor solo será responsable en la medida en que el daño fuera un caso típico asociado al contrato y fuera previsible.

7.8. Queda excluida toda responsabilidad adicional independientemente de la naturaleza jurídica de la reclamación presentada, esto es de aplicación también en particular en el caso de reclamaciones delictuales o reclamaciones de compensación por aquellos gastos extraordinarios hechos en lugar de la prestación, sin perjuicio de la responsabilidad del proveedor de conformidad con las cláusulas 7.2. a 7.5. de este contrato.

En la medida en que la responsabilidad del proveedor esté excluida o limitada, esto también será de aplicación a la responsabilidad personal de empleados, asalariados, trabajadores, representantes y auxiliares ejecutivos del proveedor.

7.9. El derecho del cliente a reclamar una indemnización por daños y perjuicios por la existencia de vicios caducará en un año contado desde la entrega de los bienes.
Esto no será de aplicación en el caso de los daños ocasionados a la vida, la integridad corporal o la salud de las personas por parte del proveedor, sus representantes legales o sus auxiliares ejecutivos, o si el proveedor o sus representantes legales hubieran actuado de mala fe, hubiesen cometido una imprudencia temeraria o si sus simples auxiliares ejecutivos hubieran actuado de manera malintencionada.

 

8. Documentos de venta

8.1. El proveedor tiene derecho a disponer según su criterio de los útiles fabricados para piezas especiales (específicas del cliente) transcurrido un año contado desde la ejecución del último pedido. Esto es también de aplicación en cuanto a la facturación de la participación en los costes de herramientas.

8.2. Todos los derechos sobre herramientas, dibujos, diseños y planos producidos por el proveedor, en particular los derechos de patente, derechos de autor y de invención, son propiedad exclusiva de este. Todos los documentos de ventas, como catálogos, libros de muestras, listas de precios, etc., que se pongan a disposición del cliente, siguen siendo propiedad del proveedor y se deberán devolver si así se solicita (consúltese cláusula 2.2).

 

9. Reserva de la propiedad

9.1. Hasta el pago por parte del cliente de todas las deudas exigibles actualmente o en el futuro por parte del proveedor, incluidos todos los saldos de los créditos de cuenta corriente, la mercancía suministrada (bienes de reserva) seguirá siendo propiedad del proveedor. En caso de conducta contraria al contrato por parte del cliente, como por ejemplo, retrasos en los pagos, el proveedor tiene derecho a recuperar los bienes de reserva transcurrido un plazo razonable previamente establecido..
Si el proveedor procede a la retirada de los bienes de reserva, esto se interpretará como un desistimiento del contrato. Si el proveedor procede a embargar los bienes de reserva, esto también se interpretará como un desistimiento del contrato. El proveedor tendrá derecho a explotar los bienes de reserva una vez recuperados. Deducida la suma estimada en concepto de costes de explotación, el beneficio de la misma se compensará con los importes adeudados al proveedor por el cliente.

9.2. El cliente debe tratar los bienes de reserva con cuidado y asegurarlos adecuadamente a su cargo contra daños causados por fuego, agua o robo por su valor de adquisición. El cliente deberá hacer y sufragar los trabajos de mantenimiento e inspección que sean necesarios en el momento oportuno.

9.3. El cliente tiene derecho a vender o utilizar los bienes de reserva de manera ordinaria en el tráfico mercantil, siempre que no haya incurrido en demora de pagos. No están permitidas la pignoración ni la cesión a título de garantía.

Por la presente, y desde este mismo momento, el cliente cede al proveedor en su totalidad y en calidad de garantía los los derechos de crédito que se originaran por la reventa o por cualquier otro fundamento jurídico (contrato de seguros, actos ilícitos) al respecto de los bienes de reserva (incluidos todos los saldos de los créditos de cuenta corriente) y el proveedor, por la presente, acepta la cesión. El proveedor autoriza al cliente, con carácter revocable, a cobrar los derechos de crédito cedidos al proveedor por cuenta de éste y en nombre propio.

La autorización de cobro puede ser revocada en cualquier momento si el cliente no cumple con sus obligaciones de pago correctamente. El cliente no estará facultado para ceder este derecho de crédito ni tan siquiera a efectos de su cobro por vía de factoring, salvo que se constituya simultáneamente la obligación del factor de conseguir la contraprestación en la cuantía de los derechos de crédito directamente para el proveedor mientras existan derechos de crédito del proveedor contra el cliente.

9.4. Cualquier remodelación o transformación de los bienes de reserva por parte del cliente se realizará en cualquier caso para el proveedor.

Si los bienes de reserva son remodelados con otros objetos que no pertenezcan al proveedor, el proveedor adquiere la copropiedad del nuevo objeto en la proporción del valor de los bienes de reserva (importe final de la factura, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) con respecto a los nuevos objetos mezclados en el momento de la mezcla. Si, como consecuencia de la mezcla, el objeto obtenido por el cliente debe considerarse como el objeto principal, el cliente y el proveedor acuerdan que el cliente transmite la copropiedad proporcional al proveedor, y el proveedor, por la presente, acepta la transmisión.

El cliente reserva para el proveedor la propiedad en exclusiva o la copropiedad de la cosa surgida de esta manera.

9.5. En caso de acceso por parte de terceros a los bienes de reserva, sobre todo en casos de embargo, el cliente advertirá acerca de la propiedad del proveedor e informará al proveedor inmediatamente para que este último pueda hacer valer sus derechos como propietario. Si el tercero no estuviese en condiciones de reembolsar al proveedor las costas judiciales o extrajudiciales en que incurriese en relación a este asunto, el cliente se hará cargo de ellas.

9.6. El proveedor tiene la obligación de liberar las garantías proporcionadas al proveedor en la medida en que el valor realizable de las garantías del proveedor exceda en más del 10 % los derechos de crédito por asegurar, de manera que el proveedor estará obligado a liberar las garantías a su discreción.

9.7. Las entregas para pruebas de campo requieren nuestro previo consentimiento. Nuestras condiciones de pago no quedarán anuladas por este motivo. La prueba de campo debe tener lugar inmediatamente después de comenzar el periodo de uso posible. La prueba de campo puede durar 1 día como máximo. La aplicación de la prueba solo puede comprender una parte del trabajo por hacer.

En caso de que la prueba no resultase satisfactoria para el receptor, el cliente debe informarnos de inmediato y brindarnos la oportunidad de llevar a cabo otra prueba en presencia de nuestro representante dentro de un período de tiempo razonable. Si el funcionamiento no presenta problema alguno, el equipo será aceptado. También se se tendrá por aceptado el equipo si el receptor lo utiliza durante más de 1 día.

El cliente solo tendrá derecho a devolvernos el equipo en el caso de que durante la prueba el equipo no haya podido funcionar sin problemas. En este supuesto, el equipo no podrá seguir utilizándose y se deberá devolver de inmediato.

Los costes de reacondicionamiento necesarios correrán por cuenta del cliente si el desgaste se debe a una utilización de varios días.

 

10. Lugar de ejecución, jurisdicción y legislación aplicable

10.1. El lugar de ejecución y de jurisdicción con respecto al suministro y los pagos (incluidos cheques y letras de cambio) y con respecto a todos los conflictos que pudieran surgir entre Braun Maschinenbau GmbH y el cliente y que viniesen derivados de los contratos cerrados entre Braun Maschinenbau GmbH y el cliente será la sede social de Braun Maschinenbau GmbH. La jurisdicción exclusiva en caso de disputas contractuales y conflictos recaerá sobre el Tribunal Regional correspondiente al domicilio de Braun Maschinenbau GmbH y, por lo tanto, al Tribunal Regional de Landau, D-76829. Sin embargo, Braun Maschinenbau GmbH tendrá derecho a demandar al cliente en la jurisdicción de su lugar de residencia o domicilio social.

10.2. Las relaciones entre las partes contratantes se regulará exclusivamente por la legislación vigente en la República Federal de Alemania. Se excluye la aplicación de la Ley Uniforme sobre la Venta Internacional de Bienes Muebles y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.

Las prestaciones de garantía solo pueden ser realizadas por empresas autorizadas después de un acuerdo previo con nosotros.